Ley de garantias - ¿Vendedor o Fabricante?

supermagh

El Predicador
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Buenas, tengo un gatget de hipercor, curiosamente de su marca (Ansonic)... si ya se que es mu mala :facepalm.

El caso es que se ha averiado en 9 meses y al ir ayer a exponer el tema me remiten al S.A.T., vamos que lo lleve yo, al parecer del "fabricante".

¿Contra quien ejerzo mis derechos?, es decir yo puedo decirles: Aquí tenéis vuestro cacharro, os las ingeniáis y me dáis uno nuevo o me lo reparáis.


Gracias.


:hola
 
Buenas, tengo un gatget de hipercor, curiosamente de su marca (Ansonic)... si ya se que es mu mala :facepalm.

El caso es que se ha averiado en 9 meses y al ir ayer a exponer el tema me remiten al S.A.T., vamos que lo lleve yo, al parecer del "fabricante".

¿Contra quien ejerzo mis derechos?, es decir yo puedo decirles: Aquí tenéis vuestro cacharro, os las ingeniáis y me dáis uno nuevo o me lo reparáis.


Gracias.


:hola
Diría que siempre es al fabricante.

El CI normalmente suele responder durante X tiempo, por política comercial, pero creo que legalmente es el fabricante. Pasa igual con los coches...al final es la marca quien debe responder.
 
Diría que siempre es al fabricante.

El CI normalmente suele responder durante X tiempo, por política comercial, pero creo que legalmente es el fabricante. Pasa igual con los coches...al final es la marca quien debe responder.

Es que yo tenía entendido que podia ser cualquiera de los dos, es más en algún material informático lo he hecho con la tienda y si era algo que inevitablemente dependía del fabricante, pues ellos se han encargado. A mi lo que me sorprendió fué con la fácilidad que me derivaron a SAT sin nisiquiera mediar nada :inaudito, me cogió un poco fuera de juego y al no tener la certeza no iba a propiciar una discusión, con una chica que dicho sea de paso poca idea tenía.

:hola
 
Es que ademas, sacado de la página de la OCU:

Garantía: dos años desde la entrega


¿Sabe a qué tiene derecho en periodo de garantía? ¿Cuál es el plazo para ello?

Para reclamar y hacer valer la garantía, el consumidor puede dirigirse tanto al vendedor como al fabricante del producto.

:hola
 
Los seis primeros meses puedes pedir un abono o un cambio.

Durante el primer año es el vendedor quien debe hacerse cargo del producto, siendo ellos mismos quienes tienen que asumir los portes.

Durante el segundo año eres tú quien debe llevarlo al sat.


:hola
 
Me gustaría ver la Ley, pero dudo mucho que un vendedor pueda hacerse cargo de tramitar la garantía de un producto que "solo vende" sinedie.
 
1er año :yes

Aunque si el sat está en tu localidad, es mucho más práctico llevarlo en persona.


:hola
 
Aclaro el tema de los portes... el vendedor debe asumir los portes desde SU domicilio al SAT. El cliente es quien tiene que entregar el artículo en la tienda.


:hola
 
1er año :yes

Aunque si el sat está en tu localidad, es mucho más práctico llevarlo en persona.


:hola

El tema es que el SAT no está en la misma localidad, es de la provincia pero en la zona de la periferia de la capital.

Para entendernos, Hipercor Sevilla capital, SAT localidad de la periferia, que además a mi me coge regular de mi domicilio.

:hola
 
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