Respuesta: El caso del Alakrana y la cloaca informativa
"no arriman el hombro..."
anda ya!
"no arriman el hombro..."
anda ya!

Igual a esa mujer hay que explicarla el concierto económico vasco y cuando de sus impuestos pagados en el pais vasco van a parar al gobierno de España.
pero si no pueden ni hacer maniobras allí....
¿Y?Salen a faenar con bandera vasca (que chulos somos joder)..
Faenan donde les sale de las gónadas, lejos de donde el buque les protege......
Los intervinientes en el pago del rescate recibieron órdenes de no intervenir en la persecución y detención de los secuestradores.
AL JUZGADO DE GUARDIA DE MADRID
El Sindicato Colectivo de Funcionarios Públicos “MANOS LIMPIAS”, y en su nombre y representación Don Miguel BERNAD REMON, en calidad de Secretario General del Sindicato, con DNI Núm. 12.135.624, con domicilio en la calle de Ferraz, num. 13, de Madrid-28008, por el presente escrito, formula al amparo del artículo 262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal:
Artículo 262.
" Los que por razón de sus cargos, profesiones u oficios tuvieren noticia de algún delito público, estarán obligados a denunciarlo inmediatamente al ministerio Fiscal, al Tribunal competente, al Juez de Instrucción"
Formula:
D E N U N C I A
Contra los responsables del pago del rescate en la liberación del secuestro del Barco Atunero Vasco, Playa de Bakio, y contra los responsables de no perseguir y encubrir a los secuestradores-piratas del Barco Playa de Bakio.
HECHOS
Debemos destacar dos momentos diferenciados: El hecho de la liberación de los rehenes, como premisa fundamental para salvaguardar su libertad y vida; y el momento posterior a su liberación, que es donde se produce el iter criminis, esto es la no intervención de los responsables del rescate para perseguir el delito y a sus delincuentes.
Los secuestradores-piratas del Atunero Playa de Bakio, pesquero asaltado en aguas internacionales, cerca de Somalia, recibieron 1.200.000 dólares (unos 766.000 €.).
La fragata "Méndez Núñez", tenía vigilados a los piratas y controlaban sus movimientos.
El responsable del CNI fleta a un Boeing-707, con 12 miembros del servicio para entregar en Somalia, el precio del rescate.
En todo momento la zona era sobrevolada por el P-3 Orión.
Los secuestradores exhibieron fusiles, lanzagranadas y armas de asalto, Ello implica que se trataba de secuestradores terroristas.
SE HA LEGITIMADO Y PROMOVIDO LA ACTIVIDAD CRIMINAL:
El Gobierno intervino, participó, medió, intermedió y facilitó e impuso el pago del rescate.
Hasta ahora, en las extorsiones y chantajes, se montaba un dispositivo policial que finalizaba con la detención de los extorsionadores y secuestradores.
No es válido el argumento de que se carecía de la capacidad necesaria en la zona y que no era posible el factor sorpresa para no instar la persecución y detención.
No se trata de criminalizar una actuación política ni de poner en entredicho la seguridad de los secuestrados o rehenes, se trata de defender el Estado de Derecho, la legalidad vigente.
Si se persigue la extorsión de la banda terrorista, si se persiguen los secuestradores en general, no se comprende por qué en este caso, se ha actuado vulnerando la Ley, precisamente por aquellos (autoridades) que deben ser los máximos garantes.
Una vez salvada la vida de los tripulantes del barco, los mecanismos del Estado de Derecho, se tenían que haber puesto en marcha.
El Estado de Derecho , exige que se respete el principio de legalidad; El Estado de Derecho, no puede consentir que se le chantajee; El Estado de Derecho, no puede someterse a consideraciones políticas; El Estado de Derecho implica que cuando se ha cometido un delito, debe perseguirse. Los secuestradores huyen con el beneplácito de los agentes que efectuaron el precio del rescate y con el beneplácito de los responsables que pudieron detenerlos; el Estado de Derecho debe de actuar también contra aquellos que ceden al chantaje y contra aquellos que pudiendo detenerles, evitan y consienten puedan fugarse.
ALARMA SOCIAL:
Es uno de los mayores escándalos de impunidad contra la extorsión , el chantaje se ha producido en el caso del Barco Playa de Bakio, con total impunidad.
La sociedad española y la internacional , ha quedado alarmada, de cómo en un Estado de Derecho, se cede ante el chantaje y la extorsión. Una vez liberados los secuestrados, no había razón ni fundamento alguno para no perseguir y detener a los secuestradores.
SE TRATA DE UN ILÍCITO PENAL DIFERENTE AL QUE SE INSTRUYE EN LA AUDIENCIA NACIONAL CONTRA LOS SECUESTRADORES.
Al parecer la Audiencia Nacional (El Juzgado Central de Instrucción, correspondiente), ha abierto Diligencias Previas contra los secuestradores por delito de piratería internacional.
En la denuncia que se formula, ahora, el órgano jurisdiccional competente no es la Audiencia Nacional, al tratarse de imputación de delitos, cuya competencia es de los Juzgados de Instrucción, o en su caso de la Sala 2ª del Tribunal Supremo, al denunciarse a un miembro del Gobierno.
NOTITIA CRIMINIS:
Es evidente y manifiesto, que se ha producido con motivo de la liberación de los tripulantes del Barco Playa de Bakio, un presunto ilícito penal.
Los intervinientes en el pago del rescate recibieron órdenes de no intervenir en la persecución y detención de los secuestradores.
ILICITO PENAL:
Artículo 407 y 408:
“De la omisión del deber de perseguir delitos y dejación de funciones”.
La dejación de funciones ha de ser patente, manifiesta, total.
Artículo 451: Del encubrimiento.
Se ayuda a los responsables a sustraerse de su busca y captura.
Se benefician los autores del producto o precio del delito.
Se ha producido un animus adjurandi.
P R U E B A :
En todos los medios de comunicación, de prensa, radio y TV públicos y privados, con amplia profusión y difusión, se ha pormenorizado la cronología del secuestro , de la liberación, del precio del rescate y de la huida consentida de los secuestradores y de la actuación pasiva del responsable de la fragata Méndez Núñez, del máximo responsable del CNI, del responsable del avión P-3 Orión, y de la máxima responsable del Gabinete de crisis creado al respecto.
y no se les puede resposabilizar civilmente por imprudencia manifiesta cuando lleguen a España?
Con respecto al pago de los rescates, una cosa es lo que haga un armador noruego (que tendrá que hacer frente a las responsabilidades pertinentes) y otra cosa es lo que en este caso hace un país como España.
Leñe geminis. Es que tal y como lo estás planteando ya dudo incluso que sea necesario que haya ningún tipo de seguridad en la zona. Total, lo va a pagar el seguro y de paso ayudamos al sector pirateril de la zona y a sus familias a prosperar mediante esta curiosa actividad.
Os vais siempre a los extremos.
Un abrazo!
El problema de la piratería no se soluciona a bombazos