PlayStation Problema ps3

Yo también, creeme. :D

Llevo toda la tarde instalando y restaurando los datos que tenía en la anterior consola. He de decir que veo lógico que las descargas de una consola no sirvan para otra a menos que las descargues con el mismo usuario en la última, pero no sé qué pretenden las editoras creando saves del mismo tipo. Por ejemplo no me ha restaurado las partidas de Resident Evil 5 porque se supone que son válidas sólo para la consola en la que se crearon. Su puta madre.
 
¿Has probado de instalar los saves estando conectado con tu cuenta psn? Creo que hay algunos juegos cuyos saves solo sirven haciendo eso para verificar que eres el mismo usuario que los creó.

Me alegro que al final hayas salido ganado. Hay un aspecto fundamental en el modelo de 80gb: El silencio
 
El problema es que lo guardé todo haciendo una copia de seguridad y para instalarla se ha de hacer mediante Restaurar, que formatea antes de hacerlo.

¿Alguien sabe si de esa restauración se pueden sacar "cosas"?
 
Si Manu, se lo de la peritación y equivocado no estoy. Por desgracia me ha tocado lidiar bastante con garantías.

Pero primero Barra, no solo es la Ley de garantías del 2003 sino la Ley de defensa del consumidor del 2007 y la muy imporante regulación europea sobre garantías :ok

Pero que son dos años, claro que lo son. Que algunas empresas son más pijoteras y cogen el negro de la norma pues hay casos que se han solucionado solo con visita a consumo y declarar que esta impoluto por fuera por lo que la avería es interna, y por tanto ajena al consumidor, a partír de ahí ellos se encargan.
Otros con un peritaje spanish-type, que seguro que todo el mundo tiene algún amiguete que este colegiado en rama técnica y con un simple certificado han colado, y si todo falla vuelta a consumo y sin problema les pides que actuen de oficio (inicialmente no actuan de oficio sino intentan que sea en plan of the record). Buscame a cuantos juicios ha ido Sony contra usuarios particulares por no arreglarle la consola por una rotura que tu sabes que no es culpa del usuario. Al final, costas y peritaje por lo que no ha lugar.

Además, si no quieres ir directamente a juicio (porque incluso el peritaje que presentes puede no ser aceptado por ellos) se le pide donde aceptan peritación independiente y si que toca pagarlo pero si el peritaje dice que la rotura no es por causa del usuario te tienen que reembolsar el coste. Que Apple no lo hace, pues cierto pero señores, para algo está la Ley. Es como los 5 o 10 euros esos que cobra Sony por un supuesto seguro de envio de la consola.... con dos cojones. Costos derivados (usea peritaje) y transporte deben ser gratuitos para el consumidor si la avería es considerada en garantía.

Eso si, hay una excepción si no recuerdo mal: los articulos catalogados dentro de "juguetes" creo que solo tienen 1 año pero tendria que releerme todo otra vez.

Es más, si nos ponemos quisquillosos no es el 2º año, desde los primeros seis meses te pueden hacer pasar por el aro del peritaje si quisieran pero ¿donde dice lo del peritaje y de que lo paga el consumidor? Atención al articulo 123:
Artículo 123. Plazos.

1. El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega. En los productos de segunda mano, el vendedor y el consumidor y usuario podrán pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega.

Salvo prueba en contrario, se presumirá que las faltas de conformidad que se manifiesten en los seis meses posteriores a la entrega del producto, sea éste nuevo o de segunda mano, ya existían cuando la cosa se entregó, excepto cuando esta presunción sea incompatible con la naturaleza del producto o la índole de la falta de conformidad.

leer bien esta última parte porque es donde las empresas se agarran para pedir un peritaje; y otra cosa lo que realmente se pide es el llamado Onus Probandi, la "carga de la prueba" pero como podeís leer en la norma europea o la española no se habla de peritaje, en una dice "salvo prueba de lo contrario" y en la otra "se aporte una prueba de lo contrario".

¿lo peor de todo esto? que cansa, desanima, gastas horas y telefono a porrillo, eso si :mosqueo

Si alguién quiere más información hay un estupendo análisis de la Ley realizada por Manuel Jesus Marín, Profesor Titutal de Derecho Civil en la Uni de Castilla la Mancha. Os pongo una parte.

¿Seis meses o dos años de duración de la garantía legal?

La duda no tiene ninguna consistencia, pero se despeja aquí porque alguna intervención en el curso del debate de las Jornadas de Albacete pudo generar cierta confusión sobre la duración del plazo de garantía del art. 9.1 Ley 23/2003.
Antes de otra cosa hay que precisar que es un modo impropio de hablar el sostener que el vendedor tiene que entregar o tiene que prestar una garantía de dos años o de seis meses. Simplemente, el vendedor está obligado, quiera o no, entregue o no documento alguno, a sanear las faltas de conformidad que se manifiesten durante el plazo legal.

Una vez aclarado esto, es evidente a partir del texto legal que el vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en los dos años desde la entrega. No se puede sostener que el “plazo de garantía” es de seis meses, porque sólo durante este plazo se presume la falta de conformidad. La garantía legal – más propiamente, el deber de saneamiento por faltas de conformidad- nada tiene que ver con la carga de la prueba. Podía haberse establecido una garantía le gal de dos años, y haber gravado al consumidor con la carga de probar el defecto del producto
durante todo este tiempo. No hay garantía por el hecho de que exista presunción de la falta de conformidad; hay garantía porque el vendedor tiene que sanear la falta de conformidad que se manifieste en el tiempo prescrito por la ley, aunque esta falta de conformidad tuviera que probarla el consumidor sin ninguna presunción a su favor.

Por tanto, el vendedor no tiene que prestar garantía, ni entregar garantía. Simplemente está sujeto a responsabilidad por falta de conformidad. Y esta responsabilidad se extiende a los defectos de conformidad de la cosa que se manifiesten en un período de dos años.

ala, ahora a la camita que ya es hora :hola
 
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