Una pizza un poco cara

Werewolf dijo:
Otra cosa. A todos los que decis que es desproporcionado... imaginaos que le roban el bolso con 40€ a vuestra novia/esposa/madre/abuelita/amante... lo que sea, por el método del tirón entre dos chavales montados en una motocicleta y la rompen el brazo. Parte de lesiones (como el pizzero) y denuncia ¿verdad? La condena es exactamente la misma.

Aqui todavía no hay condena. A mi me sigue pareciendo un hurto ( de la pizza). Sería interesante repasar la cantidad de imputados/procesados que no se les ha aplicado la prisión preventiva con delitos aun más graves.
 
Hurto es una apropiación de algo ajeno sin uso de la fuerza ni de la intimidación.
Lo que estos niñatos han hecho es un ROBO.
Me parece muy bién que se pasen más de un mes a la sombra...
 
Enigmax dijo:
Hurto es una apropiación de algo ajeno sin uso de la fuerza ni de la intimidación.
Lo que estos niñatos han hecho es un ROBO.
Me parece muy bién que se pasen más de un mes a la sombra...

El hecho de que la fuerza se aplique antes o después es significativo a efectos de determinar la calificación juridica del hecho. Bien podría ser hurto y una falta por lesiones. El caso es que no están condenados aun. La presunción de inocencia debe de contar para algo. ¿ En serio quereis una aplicación del derecho penal de este calibre?
 
Desde luego puede parecer desproporcionado, pero el hecho de que le roben la pizza y que en lugar de darse a la fuga se sienten en el banco de al lado a comérsela tranquilamente ya da a entender que estos chavales deben tener la inteligencia justa para pasar el día.... :garrulo
 
No Geminis. Es un robo, sin más.
Hurto sería que hubiesen sustraido la pizza en un momento de descuido del repartidor sin que se diera cuenta.

Es importante conocer las diferencias entre hurto y robo.
 
Enigmax dijo:
No Geminis. Es un robo, sin más.
Hurto sería que hubiesen sustraido la pizza en un momento de descuido del repartidor sin que se diera cuenta.

Es importante conocer las diferencias entre hurto y robo.

Las conozco. No soy experto en derecho penal, pero algo aprendí en la carrera. Los matices muchas veces son fundamentales.

Aun incluso con la calificación de robo ( que para mi es discutible). ¿ Le aplicarías prisión preventiva?
 
Está contemplado en el código penal.
Dices que para tí no es robo, ¿por qué?
 
Cuando hay violencia o intimidación, ya no es hurto sino robo, independientemente del valor de los bienes sustraídos.

Respecto a la prisión preventiva, el reportero parece que solo ha ido a buscar la versión de la madre del buenazo. A lo mejor hay elementos sobre los acusados que figuran en el sumario o como se llame el preliminar que el juez tenía en sus manos y que la señora no conocía o ha callado.
 
En cualquier caso, bién está el escarmiento. Seguro que no se les ocurre volver a hacer una gamberrada como esta.
 
Werewolf dijo:
Otra cosa. A todos los que decis que es desproporcionado... imaginaos que le roban el bolso con 40€ a vuestra novia/esposa/madre/abuelita/amante... lo que sea, por el método del tirón entre dos chavales montados en una motocicleta y la rompen el brazo. Parte de lesiones (como el pizzero) y denuncia ¿verdad? La condena es exactamente la misma.

Excelente forma de analizar la proporción de la pena respecto al delito.
 
JohnDoe dijo:
Cuando hay violencia o intimidación, ya no es hurto sino robo, independientemente del valor de los bienes sustraídos.

Eso es así. Ahora bien, ¿agarrar una moto es violencia? Puede ser dudoso. La lesión parece que se produce cuando arranca y por lo tanto requiere la "colaboración" del pizzero. Lo que quiero decir es que yo no veo tan claro que sea tipificable como robo.

JohnDoe dijo:
Respecto a la prisión preventiva, el reportero parece que solo ha ido a buscar la versión de la madre del buenazo. A lo mejor hay elementos sobre los acusados que figuran en el sumario o como se llame el preliminar que el juez tenía en sus manos y que la señora no conocía o ha callado.

Evidentemente. Si existen circunstancias no contempladas la cosa puede tener más sentido.

Enigmax dijo:
En cualquier caso, bién está el escarmiento. Seguro que no se les ocurre volver a hacer una gamberrada como esta.

Error conceptual grave. La prisión preventiva no se puede justificar como un castigo, no es su misión.
 
geminis dijo:
JohnDoe dijo:
Respecto a la prisión preventiva, el reportero parece que solo ha ido a buscar la versión de la madre del buenazo. A lo mejor hay elementos sobre los acusados que figuran en el sumario o como se llame el preliminar que el juez tenía en sus manos y que la señora no conocía o ha callado.
Evidentemente. Si existen circunstancias no contempladas la cosa puede tener más sentido.
A ver. Una condena menor de dos/tres años no recuerdo bien ahora mismo) nunca se cumple si es la primera para este tipo de DELITOS (no olvideis que esto es un delito, no una falta), es decir, si no tiene unos antecedentes. Obviamente los figuras estos ya tenían antecedentes, cosa que el periódico ni se ha molestado en buscar. Y eso, cualquiera que haya estudiado derecho lo sabe de sobra.

geminis dijo:
Enigmax dijo:
En cualquier caso, bién está el escarmiento. Seguro que no se les ocurre volver a hacer una gamberrada como esta.

Error conceptual grave. La prisión preventiva no se puede justificar como un castigo, no es su misión.

La prisión preventiva la determina el juez por los motivos que sean, pero los tiene que tener bien claros. Ya sea por riesgo de fuga, porque hayan tenido por ejemplo que ir un par de veces a fichar al juzgado y hayan fallado, por que no tengan domicilio conocido, pero no por escarmiento. Seguro que hay algo que no sabemos porque la prensa es muy cabrona en estos aspectos.
 
En la noticia pone que no tienen antecedentes. Si los tienen podría cambiar la apreciación, no obstante son conjeturas.

La suspensión de la pena procede cuando la condena es menor a dos años. :ok
 
TheReeler dijo:
Werewolf dijo:
(no olvideis que esto es un delito, no una falta)
Si es un delito o una falta, ¿no lo debe de decidir un juez?.
No, Reeler, eso biene delimitado en el código penal. Existe la falta de hurto o el delito de Hurto (Es falta cuando el valor lo hurtado es menor de 400€, mientras que es delito si es superior. (Hay algunos matices, pero es así.)
Un Robo SIEMPRE es delito, sea el valor sutraido de 1 céntimo o 100000000000000 euros. La diferencia en este caso es que el medio para obtener el bien sustraido ha sido la agresión... y si cogeron la pizza del cajetín de la moto y lo han tenido que forzar, la fractura. De todas formas no soy abogado, que conste, pero de esto tengo que saber algo. :aprende
 
No me has entendido. Es que se está presuponiendo que es culpable y es justamente al revés, es inocente hasta que no se demuestre su culpabilidad, luego hasta que no es juzgado no se puede decir si ha habido delito, falta, homicidio, robo, secuestro... lo que sea.
 
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